20.000 euros de multa: estas sanciones de la DGT pueden arruinarte
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Casi todos los conductores han recibido una multa al menos una vez en su vida. La Ley de Tráfico clasifica las sanciones en tres categorías: leves (hasta 100 euros), graves (hasta 200 euros) y muy graves (hasta 500 euros). Pero también hay otro tipo de multas de la Dirección General de Tráfico (DGT) cuya cuantía es muy superior, de hasta 20.000 euros. Por ejemplo, circular con el seguro caducado o sin seguro conlleva una sanción de entre 601 y 3.005 euros.
Multas de hasta 20.000 euros de la DGT
Estas son las infracciones cuya sanción es de entre 3.000 y 20.000 euros:
- Llevar un inhibidor de radar en el vehículo, aunque no se esté utilizando.
- No cumplir las normas acerca del régimen de funcionamiento y autorización de los centros de formación y enseñanza y que afecten a la cualificación de los profesores o al estado de los vehículos.
- Incumplir las normas acerca de los cursos de conducción segura y eficiente para la recuperación o bonificación de puntos.
- Causar daños a la infraestructura de la vía.
- Incumplir las normas que regulan las actividades industriales que afectan directamente a la seguridad vial.
- Realizar obras sin la autorización correspondiente en la vía, así como la alteración, ocultación, retirada o deterioro de la señalización.
- Incumplir las normas de actuación cuya actividad esté relacionada con el ejercicio de las competencias del organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico.
- No instalar la señalización de obras o hacerlo sin cumplir la normativa vigente, poniendo en riesgo la seguridad de todos los usuarios de la vía.
Consumo de alcohol y drogas
«Desde la DGT se insiste una vez más en recordar que la única tasa segura es 0,0% ya que, aún con tasas de alcoholemia dentro de los márgenes legales permitidos, nuestro riesgo de provocar un accidente puede verse incrementado. Además, 0,0% es la tasa, tanto en sangre como en aire espirado, que deben respetar los conductores menores de edad que conduzcan cualquier vehículo tras la entrada en vigor de la reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial», recuerda el organismo.
La tasa máxima permitida de alcohol es de 0,25 mg/l para los conductores en general y de 0,15 mg/l para los profesionales y noveles.
Una tasa de entre 0,25 mg/l y hasta 0,50 mg/l acarrea una multa de 500 euros y la retirada de cuatro puntos. Si la tasa es superior a 50 mg/l o el conductor es reincidente, la sanción es de 1.000 euros y conlleva la detracción de seis puntos del permiso.
Conducir con presencia de drogas en el organismo tiene una multa de 1.000 euros y la pérdida de seis puntos del carnet de conducir.
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